07 febrero 2021

#CándidoMarquesán - Eutanasia, de delito a derecho humano fundamental

Cándido Marquesán - Historiador - candidomarquesan@yahoo.es
febrero 2021 | DERECHOS SOCIALES | EUTANASIA

Eutanasia, de delito a derecho humano fundamental

El Pleno del Congreso aprobó el pasado 17 de diciembre el dictamen de la Comisión de Justicia sobre la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia (LORE). En la votación el texto ha obtenido 198 votos a favor, 138 en contra (De PP, Vox y UPN) y 2 abstenciones, es decir la mayoría absoluta, necesaria al ser una Ley Orgánica. Posteriormente pasará al Senado, con lo que entrará en vigor en el 2021. España se sumará en los próximos meses a Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Canadá y Colombia con una Ley de eutanasia.


Esta Ley introduce en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual como es la eutanasia. Se entiende por esta la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios. Así definida, la eutanasia conecta con un derecho fundamental de la persona constitucionalmente protegido como es la vida, pero que se debe armonizar también con otros derechos y bienes, igualmente protegidos constitucionalmente, como son la integridad física y moral de la persona (art. 15 CE), la dignidad humana (art. 10 CE), el valor superior de la libertad (art. 1.1 CE), la libertad ideológica y de conciencia (art. 16 CE) o el derecho a la intimidad (art. 18.1 CE). Cuando una persona plenamente capaz y libre se enfrenta a una situación vital que a su juicio vulnera su dignidad, intimidad e integridad, como es la que define el contexto eutanásico antes descrito, el bien de la vida puede decaer en favor de los demás bienes y derechos con los que debe ser ponderado, toda vez que no existe un deber constitucional de imponer o tutelar la vida a toda costa y en contra de la voluntad del titular del derecho a la vida. Por esta misma razón, el Estado está obligado a proveer un régimen jurídico que establezca las garantías necesarias y de seguridad jurídica.

En su intervención en el debate de la LORE, la exministra socialista y gran impulsara de la ley, María Luisa Carcedo ha defendido el contenido de la Ley que "piensa en la condición humana", regula "las condiciones y procedimientos por los que se puede acceder a esta solicitud de ayuda a morir", tal y como "recomienda el Tribunal de Estrasburgo"; "despenaliza" su práctica y la incluye en la cartera común del Sistema Nacional de Salud. Es significativo que el PP y Vox se hayan opuesto frontalmente a la Ley, alegando el primero que es una Ley «injusta e inoportuna, no responde a una demanda social y opta por elegir provocar la muerte», mientras que Vox alertó con la amenaza de «consecuencias aterradoras» y anunció recurrir al Tribunal Constitucional.  Conviene recordar. AP y su heredero el PP se opusieron hace décadas al divorcio, al aborto y al matrimonio igualitario. Ninguno de los derechos citados, como sucederá con la eutanasia, obliga a nadie que no quiera ejercerlo. Es un derecho, no una obligación. Y las personas que quieran practicar la eutanasia, la LORE establece garantías para que la decisión de poner fin a su vida se produzca con absoluta libertad, autonomía y conocimiento, libre de toda presión de cualquier índole. Sin embargo, una vez la derecha gobernó con mayorías absolutas, ni siquiera se les ocurrió abolir ningún de estos derechos sino más bien disfrutarlos, ya fuera a través de sus divorcios, también ahorrándose viajes clandestinos a Londres en fines de semana muy aprovechados, o ya más tarde celebrando bodas gay de derechas. Y seguro que lo harán con el derecho a la eutanasia.

La derecha española va siempre contracorriente. Sorprende su argumentación de la inexistencia de una demanda social.  Todo lo contrario.  Periódicamente salta a la actualidad el tema de "una muerte digna", por casos que producen un gran impacto emocional en la sociedad. El de la niña Andrea de 12 años, aquejada de una enfermedad degenerativa y fallecida en Santiago en octubre de 2015; o en Italia, en el 2009, el de la joven Eluana Englaro, que, tras un accidente de tráfico, permaneció en estado vegetativo durante 17 años. O más recientemente el caso de Ángel Hernández que ayudó a morir a su esposa María José Carrasco. Desde el ámbito del cine cabe citar Las invasiones bárbaras de Denys Arcand, Mar adentro de Alejandro Amenabar, Milion Dollar Baby de Clint Eastwood son films que han mostrado la empatía entre personas que están en el proceso de morir y sus acompañantes en el momento culminante de la vida, aceptando una responsabilidad sobre la muerte que no es fruto de la piedad, sino del cariño.

Insistiendo en la demanda social, sobre un 84% de la población española se muestra partidaria de la eutanasia. Existen realidades dramáticas e inherentes con la existencia humana, que están ahí y que tratamos de marginarlas de nuestra vida cotidiana por comodidad o simple instinto de supervivencia, como la enfermedad, la cárcel, etc. Y otra de ellas la muerte, que es instantánea; aunque hay que distinguirla del morir, que a veces es un largo proceso doloroso que la precede. Mas, es totalmente legítimo que quien se ve sometido al sufrimiento intente escapar de él, que busque alivio en el cuidado y reclame unas normas jurídicas para no verse abocado y condenado a una agonía insoportable. "Morir con dignidad", "morir bien", "derechos de los que mueren", son algunas de las muchas fórmulas, que describen esta realidad y que se resumen, recurriendo apresuradamente al término antiguo de eutanasia. Sin embargo, el término de referencia tendría que ser el que con más nitidez define hoy la condición de ser humano: su dignidad.

Todavía hay que repetir que la muerte no es un hecho independiente de la vida, sino consustancial e inseparable de ella. Reconocer esa evidencia es clave, pues si expresamos el derecho que asiste a toda persona a una vida digna, indisociablemente lo estamos haciendo al derecho a una muerte digna. Lo expresó muy bien el profesor de Filosofía Antonio Aramayona en su carta de despedida antes de su suicidio, pues no estaba legalizada la eutanasia: He intentado que mi vida haya sido digna, libre, valiosa y hermosa. Y así he querido también mi último aliento de vida: digno, libre hermoso y valioso. Así he querido vivir y así he querido morir. Toda una maravillosa síntesis de libertad y coherencia en la vida humana. Una buena vida se merece una buena muerte, pues ambas constituyen un solo proceso. 

Las fotos difundidas de Pío XII moribundo, con el rostro deformado por instrumentos que le mantenían en vida, supusieron un gran escándalo, en las que se quiso ver un atentado contra la dignidad de la persona en el trance de la muerte, habiendo sido además el mismo pontífice, el que en un discurso de 1957 dirigido a médicos católicos había advertido del encarnizamiento terapéutico. Las imágenes de Tito y Franco donde aparecían no como moribundos, sino como meros apéndices de máquinas para la subsistencia, supusieron otra prueba palpable de pérdida de dignidad. Tales ejemplos son claros atentados contra la dignidad humana en el trance de la muerte. De ahí, la necesidad de establecer unas reglas o normas jurídicas para salvaguardar el derecho a una muerte digna o eutanasia. Stefano Rodotá en su libro La vida y las reglas, establece tres.

La primera relativa al consentimiento informado, cubre la vida entera; permite su gobierno por el interesado; garantiza el derecho de salida de las terapias, con la revocación del consentimiento, con el rechazo de los tratamientos; marca los límites de toda intervención externa, empezando por la del terapeuta.

La segunda introduce un principio de proporcionalidad entre la intervención médica, el beneficio del paciente y la calidad de vida. Es una regla general aplicable a cualquier momento de la vida.

Y la tercera proyecta la decisión hacia el futuro. Cualquiera que sea su denominación, "declaraciones anticipadas", "testamentos vitales", son decisiones que regulan posibles situaciones en las que pueda quedar incapacitada la persona por su enfermedad. Son documentos sencillos, mediante los cuales se especifica la exclusión de determinadas terapias.

Estas reglas del vivir y del morir tienen su raíz en el respeto a la autonomía de la persona. Nacen como reglas de libertad y deben ser protegidas frente a los riesgos y a la tentación de poner en manos de sujetos externos el poder adueñarse del cuerpo y su destino, como hacen las religiones. Con estas reglas es claro que la mayoría de los antiguos problemas pueden considerarse resueltos y que el derecho a morir por propia voluntad ha pasado a formar parte del patrimonio jurídico de toda persona. Lo acabamos de constatar con la aprobación de Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia.

Según el filósofo Mariano Berges, otra cuestión está ahí: las posturas de tipo religioso. La idea de fondo en la discusión religiosa sobre la eutanasia es que unos piensan (creen) que el dueño de la vida del hombre es Dios y, por tanto, el hombre no puede disponer de ella. Mientras que otros piensan (no creen) que la vida es propiedad de cada uno y, por tanto, podemos disponer de ella cómo y cuándo queramos. No es justo que un principio de índole religiosa obligue a todo el mundo. Los que estén en contra de la eutanasia que piensen que a ellos no les obliga, pero que no obliguen a los demás a seguir la misma pauta. La sociedad contemporánea es secular y laica. Su procedimiento y normas lo marcan las leyes aprobadas en el Parlamento. Por lo tanto, las creencias de tipo religioso son respetables y dignas pero subjetivas. Las religiones no deben intentar configurar el mundo según sus creencias. Ni convertir un pecado en un delito. La eutanasia es una cuestión político-jurídica, que es lo propio de una sociedad democrática de derecho. La moralidad de ese acto, como la de todos, es una cuestión de nuestro fuero interno. No existe una moralidad objetiva, pues todas están condicionadas por principios sociales y políticos.

 




No hay comentarios:

Publicar un comentario